jueves, 13 de noviembre de 2014

Sistema de Mayorías

Ha habido mucha polémica con el 9N, como era de esperar, los independentistas dicen que ha sido un éxito y los demás que un fracaso. Ha empezado una guerra de cifras, que si 2 millones por aquí que si 4 millones por el otro lao, que si lo comparamos con las europeas, con el referendum escocés, con las elecciones catalanas del 2012...

Para intentar poner orden en este caos de datos y opiniones me gustaría aportar una reflexión que, modestamente, de un poco de luz sobre este tema. Quería aportar cuales son las distintas MAYORÍAS que se pueden dar en un sistema democrático y para qué se emplea cada una de ellas. Me voy a centrar en lo que es el voto directo, lo que puede ser un referendum.

En principio hay dos mayorías: LA MAYORÍA SIMPLE Y LA MAYORÍA CUALIFICADA

La MAYORÍA SIMPLE es aquella que se consigue consiguiendo un voto más que la otra opción. En esta mayoría da igual el número de votos, da igual las abstenciones, el único requisito que se pide es ganar por, al menos, un voto. Esta mayoría es más sencilla de obtener, la más asequible, ya que se podría dar este ejemplo:

100 personas eligen de qué color pintar su edificio, 10 votan rojo, 25 votan amarillo y 30 votan verde, los 35 restantes se abstienen. Pues el edificio se pinta verde sólo porque quieren 30 personas.

La MAYORÍA CUALIFICADA es aquella que da un resultado aplastantemente claro. La mayoría cualificada más común es la MAYORÍA ABSOLUTA que es aquella que consigue la mitad de los votos más uno. Volviendo a nuestra junta de vecinos sería:

100 personas son llamadas a elegir, 10 votan rojo, 25 amarillo, 14 se abstienen y 51 votan verde. Pues el edificio se pintará verde porque más de la mitad han votado ese color y, por lo tanto, aunque los 49 restantes hubieran estado en desacuerdo el edificio hubiera sido pintado verde igualmente.

Pero hay otra MAYORÍA CUALIFICADA que es la más garantista y que busca que pese a que haya más de la mitad que voten una cosa, que se amplíen las condiciones porque se está tratando un tena que les perjudicaría seriamente a los que pierden. Esta mayoría se llama MAYORÍA REFORZADA y puede constar de los parámetros que se acuerden previos a votar. Veamos el ejemplo del edificio:

100 personas eligen y se establece que el color ganador debe de superar los 3/5 del total. Se produce la votación y 55 personas votan verde y 10 rojo con 35 abstenciones. en este caso el edificio no se puede pintar de ningún color hay que buscar un consenco y proponer otro color, se produce la votación y 65 votan verde limón, porque convencen a 10 abstencionistas, 20 naranjas y 15 abstencionistas. En este caso se ha hecho un esfuerzo mayor, los del verde han tenido que ceder y cambiar su color para llamar a los abstencionistas y así se ha buscado una sensación de consenso, de que se ha reforzado la mayoría y no son 51 contra 49.

La MAYORÍA REFORZADA puede poner otras condiciones, como que la abstención tiene peso en la votación poniendo un límite de participación mínima exigible.Veamos a nuestro vecindario como se las apaña:

100 personas, deciden elegir por mayoría cualificada cuyo requisito es el 60 % de participación. En la votación gana el verde por 55 votos y 4 votan rojo con 41 abstenciones. Ocurriría lo mismo, se estimaría que los 41 abstencionistas no pueden ser obligados a ver su edificio verde porque lo quieran 55 aunque éstos sean mayoría absoluta. Hay que negociar y consensuar otro color y enla siguiente votación consiguen que 10 abstencionista vote a favor del verde limón sumando así 65, siendo 4 para el naranja y restando 31 abstencionista. La mayoría se ha reforzado igual que en la situación anterior.

Ahora llega el meollo de la cuentión ¿Cuando se usa cada una de las mayorías?

Aquí hay que aplicar el sentido común, cuanto es mayoría simple se aplica para temas de menor importancia, por ejemplo: en el parlamento los reales decretos se pueden aprobar por mayoría simple, ya que tienen un rango bajo de ley.

Para las leyes orgánicas, es decir, leyes que controlan órganos públicos (sanidad, educación, estatutos de autonomía, etc...) y de las cuales hay que secar otras leyes o reglamentos que se deriben de ellos se requiere mayoría absoluta.

Sin embargo para la reforma de la constitución se requiere una mayoría reforzada de 3/5 del total ya que es una ley de la cual emanan las leyes orgánicas de funcionamiento del estado. Después hay otros capítulos de las constitución que la mayoría reforzada aumenta ya que se requiere la aprovación por 3/5 de los votos, disolver el parlamento y que el nuevo parlamento la vota por 2/3 y después ser ratificada en referendum. Básicamente se dice que para reformar la Constitución del 78 hay que tener un consenso similar al que se forjó.

Hay muchos ejemplos de mayorías cualificadas en el mundo pero uno que se ha hecho en España fué el referendum por el cual Andalucía accedió a la autonomía como nacionalidad histórica por el artículo 151 junto con Galicia, País vasco y Cataluña. A Andalucía se le pidió que más del 50 % del censo votara a favor de solicutar la autonomía como nacionalidad histórica y así fue: El 55 % del censo votó a favor, No 4 % blanco 4 % y abstención 36 %. Por lo cual más de la mitad de la población censada fue a votar que Sí, es decir, aunque los abstencionistas no estén de acuerdo, más de la mitad de los andaluces sí querían tener el mismo reconocimiento que las otras tres autonomías históricas.

Y ahora les dejo una última reflexión, una ley que hace un gobierno por mayoría absoluta la puede revocar otro gobierno que salga dentro de 4 años por mayoría absoluta, pero una medida como una independencia hecha sin una mayoría cualificada (como son los resultados del 9N) no se puede revertir ni por otra mayoría simple en a los 4 años ni nada por el estilo y están condenando a la mayoría a vivir en una situación que no están a favor. Reflexionen por favor.


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